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abril  30, 2024

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El nuevo régimen de presentaciones electrónicas bonaerense: el ingreso de escritos y documentos al proceso judicial a partir de su entrada en vigencia

Por Gastón E. Bielli y Andrés L. Nizzo


Sumario: I. Una nueva forma de actuar en el proceso judicial. II. ¿Quiénes están obligados a observar el nuevo Reglamento, y a qué procesos se aplica? III. Definiendo a la presentación electrónica. IV. Lo apremiante: ¿Cómo habrán de proceder las partes y sus letrados a formular presentaciones judiciales en el nuevo régimen? V. Incidencia del nuevo Reglamento en la actuación del abogado patrocinante. VI. Caso del letrado apoderado. VII. El caso del letrado apoderado. VIII. Supuestos particulares: presentación de demandas, sus contestaciones y reconvenciones. IX. Carga de digitalizar las los escritos judiciales ingresados al expediente en soporte papel. X. El ingreso de los documentos al proceso. XI. Errónea presentación -y recepción- de escritos en soporte papel. Plazo para hacerlo y consecuencias ante su incumplimiento. XII. Las copias de escritos para traslado. XIII. Consideraciones finales.

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Términos mencionados en esta doctrina: escritos, presentación, presentaciones, judicial, reglamento.

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